Las pensiones tienen la consideración de rendimientos del trabajo en IRPF, y estarán sujetas a la retención correspondiente si exceden las cuantías sobre las que no existe obligación de retener.
Las pensiones tienen la consideración de rendimientos del trabajo en IRPF, y estarán sujetas a la retención correspondiente si exceden las cuantías sobre las que no existe obligación de retener.