Presentación del Plan de Pensiones
Presentación
Como una mejora respecto al régimen público de previsión social, CaixaBank tiene constituido para todos sus empleados un Plan de Pensiones. La adhesión del empleado al plan es automática y no supone ningún coste para éste al estar íntegramente financiado por CaixaBank. Este plan ofrece un mayor nivel de ingresos futuros a partir de la jubilación y da cobertura a los riesgos de incapacidad y fallecimiento durante la etapa laboral.
Además, a partir del 1 de Diciembre del 2024 se permitirá la realización de aportaciones voluntarias por parte de los empleados, lo que les brinda la posibilidad de incrementar aún más sus ingresos futuros.
¿Qué es el Plan de Pensiones de Empleo de CaixaBank S.A.?
Es un Plan de Empleo que cubre las contingencias de jubilación, fallecimiento e incapacidad. Por este motivo, la disponibilidad de sus fondos está sujeta al momento en que se produce alguna de estas contingencias. El promotor del Plan es CaixaBank y los partícipes son todos sus empleados. Corresponde a la modalidad Mixta: con una aportación definida para la contingencia de jubilación que se acumula en el fondo y con una prestación definida en las Especificaciones del Plan, que las podrás encontrar en CaixaBankNow, para las contingencias de muerte o incapacidad.
Información General
El Plan de Pensiones está adscrito al fondo PENSIONS CAIXA 30, FONS DE PENSIONS, con N.I.F. V62237201, que figura inscrito en el Registro Administrativo de Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda con el número F0711 y en el Registro Mercantil de Madrid, folio 144, del tomo 37079 y hoja número M-662011.
Depositaria: CecaBank S.A., con domicilio social en Madrid (CP-28014), calle Alcalá 27.
Gestora: VidaCaixa S.A.U. de Seguros y Reaseguros, con domicilio social en Madrid (CP-28046), Paseo de la Castellana 189, planta 1 y 2.
Aseguradora: VidaCaixa S.A.U. de Seguros y Reaseguros. Pensions Caixa 30 y VidaCaixa son firmantes de los Principios para la Inversión Responsable de Naciones Unidas (PRI).
Información Relevante y Funcionamiento
Régimen financiero
Sistema financiero
El sistema financiero utilizado para todas las contingencias consiste en la capitalización financiera individual de las contribuciones de ahorro que para cada partícipe realiza el promotor al fondo.
Contribuciones
Las contribuciones a este Plan son realizadas por el Promotor en favor de sus empleados y además, el Plan de Pensiones de Empleo de CaixaBank permite a los partícipes y partícipes en suspenso realizar aportaciones voluntarias a través de CaixaBankNow.
Si las contribuciones realizadas al cabo del año llegan a superar el límite anual establecido por la ley, el exceso se sitúa en una póliza complementaria. Al inicio del siguiente año, en la medida en que sea posible, se traspasan los importes excedidos al Plan de Pensiones.
Contribuciones por jubilación
Para los partícipes cuya adhesión al Plan se produzca a partir del 1 de enero de 2022, las aportaciones de jubilación serán de un 4,5% sobre el salario pensionable a partir del segundo mes de relación laboral y hasta el mes 12, a partir del mes 13 y hasta el mes 84, las aportaciones de jubilación serán de un 6% sobre el salario pensionable, y al igual que se señaló en el apartado anterior, siempre que el partícipe mantenga tal condición y hasta que cumpla, por primera vez, la edad establecida en la tabla contenida en dicho apartado, con independencia en todo caso de la normativa aplicable en materia de jubilación en cada momento y al margen de la carencia de cotización del partícipe. A partir del mes 85, las aportaciones de jubilación serán de un 7,5% sobre el salario pensionable.
Contribuciones por riesgo (incapacidad permanente/defunción)
Las contribuciones destinadas al pago de la prima anual que cubre las prestaciones de incapacidad o fallecimiento, en cambio, empiezan a tener efecto a partir de la fecha de inicio de la relación laboral.
Prestaciones
Por jubilación
Existe una amplia gama de posibilidades de cobro para la prestación de jubilación:
- En forma de capital
- En forma de renta asegurada
- En forma de renta financiera
- Combinando cualquiera de las modalidades anteriores
La forma de cobro del Plan es de libre elección por parte del partícipe.
La cuantía de las prestaciones por jubilación del partícipe será igual a los derechos consolidados (fondo acumulado) que tenga reconocidos por el Plan de Pensiones en el momento del cobro de la prestación.
Por riesgo (incapacidad permanente/defunción)
La cuantía de las prestaciones por fallecimiento o incapacidad serán las determinadas en las especificaciones del Plan de Pensiones, calculadas en base a un determinado número de anualidades de salario pensionable, que dependerán de la contingencia en concreto, del colectivo de origen, así como de la situación familiar del partícipe en cada momento.
A partir del 1 de enero de 2022, la cuantía de las prestaciones por fallecimiento o incapacidad para los partícipes o partícipes en suspenso y que tengan relación laboral con el promotor, serán las determinadas en las especificaciones del Plan de Pensiones.
• Incapacidad permanente total.
• Incapacidad permanente absoluta.
• Gran invalidez.
• Defunción.