¿Por qué no se puede movilizar el Fondo?

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En la forma que lo proponen algunos partícipes no se ha podido movilizar nunca, en tanto que ni la legislación vigente lo permite, ni las Especificaciones lo prevén en los planes de pensiones de empleo. Los únicos que lo pueden hacer son los partícipes en suspenso, que son aquellos que voluntaria, disciplinaria o causalmente hayan roto definitivamente su relación laboral con CaixaBank y no reciban aportaciones al Plan de Pensiones. Desde marzo de 2008 este derecho se ha limitado a los partícipes en suspenso menores de 60 años.

Hay que tener muy claro que ni los prejubilados ni los jubilados, parciales o definitivos, tienen la característica de partícipes en suspenso.

Tanto prejubilados como jubilados parciales o desvinculados tienen la condición de partícipes en activo que les confiere la normativa vigente y las Especificaciones del Plan, al seguir recibiendo aportaciones del Promotor.

Los jubilados, hayan o no dispuesto de la prestación, pasan a ser beneficiarios en el momento de la contingencia, todo lo que pueden hacer es rescatar el Plan (pagando el IRPF correspondiente) y después gestionarlo a su conveniencia.