La legislación española no exige una formación específica, pero está comprobado que a la Comisión de Control, tanto el promotor como la representación laboral, destinan personas de la confianza de cada grupo con la formación financiera y socio laboral suficiente para asumir esta función.
Así lo prevé el Manual de Buen Gobierno aprobado por la Comisión de Control dentro de la estrategia de Buen Gobierno.
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